miércoles, 3 de noviembre de 2010

AYUDAS POR REDUCCIÓN DE JORNADA, EXCEDENCIA O SUSPENSIÓN DE CONTRATO LABORAL

Solicitantes:
Pueden acceder a estas ayudas las familias de trabajadores y trabajadoras en las que se dé alguna de las siguientes circunstancias:
- Que sea el hombre quien disfruta de la reducción, excedencia o suspensión contractual.
- Que la persona que disfruta de las anteriores situaciones sea una mujer cabeza de familia monoparental o una mujer víctima de violencia de género.
- Que alguno de los progenitores tenga una discapacidad igual o superior al 33%.

Además, los beneficiarios deben tener domicilio fiscal en Castilla-La Mancha y no deben ser empleados públicos.

¿Cuándo se puede solicitar la ayuda y en qué periodo ha de disfrutarse la reducción de jornada, excedencia o suspensión contractual?
Esta subvención puede solicitarse hasta el día 11 de febrero de 2011.
La pérdida de ingresos sufrida debe referirse al periodo que va desde el día 1 de enero de 2009 hasta el día 31 de diciembre de 2010.

Cuantía:
En las excedencias o suspensiones de contrato, el Sepecam abonará 600 euros mensuales o la parte proporcional si hubiera algún periodo inferior al mes.
En las reducciones de jornada, la cuantía irá desde los 100 a los 400 euros mensuales, dependiendo del porcentaje de reducción.
Cuando el beneficiario de las ayudas sea un hombre o sea una mujer víctima de violencia de género, los anteriores importes se elevarán en un 100%.
En todo caso, el importe total de la subvención o subvenciones, en una o en varias convocatorias, no podrá superar la cuantía máxima de 3.000 euros. Esta cuantía máxima total se elevará hasta 10.000 euros cuando la persona que disfrute de la reducción de jornada, excedencia o suspensión sea un hombre o sea una mujer víctima de violencia de género.

Para más información acudir al CENTRO DE LA MUJER.

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