miércoles, 19 de enero de 2011

Sólo a dos de los 32 asesinos de género condenados en 2009 cuya víctima tenía hijos se les retiró la patria potestad y a uno se le suspendió el régimen de visitas a los niños. Aunque el estudio realizado por el grupo de expertos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre 45 sentencias dictadas el año pasado no aclara cuántos vástagos eran menores de edad, los datos indican que una mayoría de asesinos mantiene la posibilidad de relacionarse con sus hijos (o los de su pareja asesinada) y no pierde la patria potestad.
EL MUNDO. MARTES 18 DE ENERO DE 2011

martes, 18 de enero de 2011

Prestación de la Seguridad Social por atención a hijos e hijas con cáncer o enfermedad muy grave, que requieran reducción del 50 ó 100 % jornada laboral

Los padres y madres trabajadoras ya pueden solicitar la prestación para el cuidado de menores con cáncer o enfermedad grave.
Los formularios están disponibles en la página de la Seguridad Social  www.seg-social.es Aún no está reglamentado qué enfermedades son consideradas graves.
Los padres y madres trabajadoras ya pueden solicitar la prestación para el  cuidado de menores con cáncer o enfermedad grave ante la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social o la Entidad Gestora con quien la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales. Luego se financia cargo a cuotas y lo gestionan las entidades colaboradoras.
La Ley General de la Seguridad Social y el Estatuto de los Trabajadores ya establecen los principios por los que ha de reconocerse esta nueva prestación de la Seguridad Social que, aunque entró en vigor el pasado 1 de enero con la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011, precisa de la aprobación de un Reglamento para determinar el concepto de enfermedad grave, entre otras cuestiones. El hecho de que esté vigente desde 1 de enero de 2011, garantiza el cobro del subsidio desde la fecha  de la solicitud, siempre que esta se ajuste a lo requerido en la Ley y a sus normas de desarrollo.
Los requisitos para el acceso a la nueva prestación por cuidado de hijos e hijas con enfermedad grave son los mismos que los establecidos para la maternidad contributiva. estar afiliad@ a la Seguridad Social y tener cubierto el periodo de cotización mínimo requerido. La gestión y el pago corresponderán a la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales o a la Entidad Gestora con quien la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales.
La prestación se extinguirá cuando cese la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente de la persona menor o cuando ésta cumpla 18 años.
Referencia normativa:

Ley 39/2010, 22 de diciembre, PGE 2011.

jueves, 13 de enero de 2011

CENTRO DE MEDIACIÓN E INTERVENCION FAMILIAR EN TOLEDO

En el año 2000, se pone en funcionamiento en Toledo el Centro de Mediación e Intervención Familiar, como un servicio social gratuito y voluntario, gentionado porr AMIFAM-CLM, “Asociación para la Mediación e Intervención Familiar en Castilla La Mancha”.
Los programas que se desarrollan son:
MEDIACIÓN PARA LA RUPTURA DE PAREJA; Dirigido a personas :
Casadas o no casadas que quieran iniciar su ruptura de pareja o que,estando ya separados o divorciados quieran una modificación de los puntos del convenio regulador.
ORIENTACIÓN E INTERVENCIÓN EN FAMILIA; Es un servicio en el que se ofrece atención psicológica a familias y parejas que tienen una  relación insatisfactoria y quieren mejorarla, ofreciendo ayuda especializada en Terapia de Familia, Terapia de Pareja y Toma de Decisiones
Para cualquier duda, consulta o información que deseen, pueden ponerse en contacto con el Centro de la Mujer de Ocaña o en la siguiente dirección:
CMIF Toledo
Avda. Reconquista,6. Port H. Bajo
45004 Toledo
Telf.- 925 284 092       Fax.- 925 284 322
http://www.amifam.org/
centrotoledo@amifam.org
 amifamto@yahoo.es

viernes, 7 de enero de 2011

ORDEN 29/12/2010 DE ACREDITACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES

INFORMACION ORDEN DE ACREDITACION DE COMPETENCIAS PROFESIONALES 29/12/2010


Objeto y ámbito de aplicación.
La presente Orden tiene por objeto convocar, para el año 2011 en la Comunidad de Castilla-La Mancha, el procedimiento para el reconocimiento, evaluación y acreditación de la competencia profesional adquirida por la experiencia laboral o de vías no formales de formación, de conformidad con el Real Decreto 1224/2009 de 17 de julio, de reconocimiento de competencias adquiridas por experiencia laboral, para las siguientes cualificaciones profesionales:

• Atención sociosanitaria a personas en el domicilio.
• Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales.
  Educación infantil

Plazas convocadas.
• 250 para cada una de las cualificaciones profesionales convocadas, lo que supone un total de 750 plazas.

Se reserva un cupo máximo de un 30 % de las plazas convocadas para personas inscritas como demandantes en una oficina de empleo del Servicio Público de Empleo, realizándose la selección de las personas candidatas, en caso de superar las plazas convocadas, de forma independiente según su situación de desempleo u ocupación.

Requisitos de participación en el procedimiento.

1. Las personas que deseen participar en el procedimiento deberán cumplir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión, o ser titular de una autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración. Este requisito debe mantenerse hasta el final del proceso.
b) Tener 20 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción.
c) Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales objeto de la convocatoria que se quiere acreditar, siendo la fecha límite para su cómputo la de entrada en vigor de la presente orden:
1º. En el caso de experiencia laboral. Justificar, al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria.

2º. En el caso de formación. Justificar, al menos 300 horas, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.
Personal Excluido.

a) Estar en posesión de un título de formación profesional o certificado de profesionalidad que contengan la unidad de competencia cuya acreditación se pretende, ni de sus equivalentes.
b) Estar matriculado en una oferta formativa reglada que contenga la formación asociada a la unidad de competencia cuya acreditación se pretende.
c) Estar realizando un curso con un itinerario formativo conducente a un certificado de profesionalidad en el que esté incluida alguna unidad de competencia para la que se solicite la evaluación y acreditación.

Solicitudes y documentación a presentar.

  1. . Las personas interesadas en participar en este procedimiento deberán presentar la solicitud según el modelo que figura en los Anexos de la orden. La solicitud también estará disponible en:
- La web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es)
- Portal de Orientación Profesional de Castilla-La Mancha (http://pop.jccm.es)
- Portal de Educación (http://www.educa.jccm.es/)
- Web del Sepecam (www.sepecam.jccm.es)
Dicha solicitud estará disponible en el SEPECAM de Ocaña.

Lugar y plazo de presentación de solicitudes.

1. La solicitud, junto con la documentación exigida, se presentará en las oficinas y sedes del Servicio Público de Empleo de Castilla-La Mancha, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. En el caso de presentar la solicitud ante una Oficina de Correos, se deberá realizar en sobre abierto, con objeto de que en la cabecera de la primera hoja de la solicitud, se hagan constar, con claridad, el nombre de la oficina y la fecha, el lugar, la hora y minuto de su admisión.

El plazo para solicitar la inscripción en el procedimiento será hasta el día 28 de enero de 2010.