Solicitantes:
Las familias de trabajadores y trabajadoras y las mujeres víctimas de violencia de género, que tengan hijos/as o menores en acogimiento o tutela, con edad inferior a 8 años.
Los beneficiarios deben tener domicilio fiscal en Castilla-La Mancha, una renta familiar anual inferior a 42.000 euros y no deben ser empleados públicos.
Gastos a subvencionar:
- Gastos de Centros de Atención a la Infancia
- Gastos de comedor escolar y aula matinal
- Gastos de atención a menores por ampliación del horario escolar en los centros educativos
- Gastos salariales y de seguridad social para la contratación de empleados al servicio del hogar familiar.
¿Cuándo se puede solicitar la ayuda y a qué periodo han de referirse los gastos?
Esta subvención puede solicitarse hasta el día 14 de enero de 2011.
Los gastos a presentar deben referirse a servicios recibidos en el año que va desde el día 1 de agosto de 2009 hasta el día 31 de julio de 2010.
Cuantía a subvencionar:
50% de los gastos producidos y debidamente acreditados (tope de 1.200€/año), con un límite máximo de 1.200 euros por año, y un límite por la suma de subvenciones en varias anualidades de 3.600 euros. Este último límite se elevará a 6.000 euros en el caso de las familias numerosas.
Para más información acudir al CENTRO DE LA MUJER.
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