viernes, 10 de septiembre de 2010

LAS Y LOS TRABAJADORAS/ES AUTÓNOMOS TENDRÁN DERECHO A DESEMPLEO

Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un Sistema Específico de Protección por Cese de Actividad de los Trabajadores Autónomos.

La presente Ley regula el sistema de prestación por cese de actividad del trabajador autónomo.

La acción protectora del sistema de protección está conformada por una prestación económica y la cotización de Seguridad Social por el trabajador/a autónomo de las contingencias comunes al régimen correspondiente, incluida la contingencia común por incapacidad temporal, salvo el supuesto del correspondiente régimen de Seguridad Social en que de forma específica no se cotice por dicha contingencia común. La acción protectora comprenderá, también, la formación y orientación profesional de los y las beneficiarios/as con vistas a su recolocación.

La duración de la prestación por cese de actividad estará en función de los períodos de cotización efectuados dentro de los 48 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad de los que, al menos, 12 deben ser continuados e inmediatamente anteriores a la situación de cese.

La Ley entrará en vigor el día 6 de noviembre de 2010.

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